26 nov 2013

SENTENCIA impugnación convenio Viriato Seguridad queda sin efecto


Se solicita, se dicte sentencia que ANULE EL CONVENIO DE EMPRESA entre VIRIATO SEGURIDAD, SL y los delegados de su centro de trabajo de Murcia que formaban la Comisión Negociadora del Convenio de Empresa, alegando que su ámbito de aplicación afecta a todos los centros de trabajo de la empresa.

La Sala de lo Social de la Audiencia Nacional, se ha pronunciado, por considerar que un Comité de Empresa de Centro de Trabajo, no puede negociar un convenio de empresa que  afecta a otros centros de trabajo, porque vulneraria frontalmente el principio de correspondencia.

Por lo que ha quedado probado en juicio, que el convenio de empresa suscrito entre la empresa VIRIATO SEGURIDAD SL y los delegados del centro de Murcia, no pueden imponer su criterio a todos los centros de trabajo presentes y futuros de ámbito nacional, pues quiebra claramente el principio de “representatividad real” de los trabajadores y su ámbito de aplicación.

Por todo ello, se decreta la nulidad total del convenio colectivo impugnado, con las consecuencias a ello inherentes, condenando a la parte demandada, VIRIATO SEGURIDAD SL, a comunicar la sentencia a la Autoridad Laboral, y en especial al registro del Boletín Oficial del Estado comunicando la nulidad del convenio que en su día fue insertado