CLAVES DE LA NUEVA LEY
CLAVES DE LA NUEVA LEY DE SEGURIDAD PRIVADA
APROBADA EN EL CONGRESO ANTE LAS DURAS CRITICAS DEL PSOE, LA POLICIA Y LA GUARDIA CIVIL
Más poderes y mayores funciones para los vigilantes privados, ese es el
eje del nuevo proyecto de ley de Seguridad Privada que ha sido aprobado
el Congreso de los Diputados.
LAS CRÍTICAS
El
Sindicato Unificado de Policia (SUP) acusa al Gobierno de “poner la
seguridad pública al servicio de la seguridad privada, que no deja de
ser un negocio”, mientras que la Asociación Unificada de Guardias
Civiles (AUGC) advierte que es “una privatización encubierta”.
El SUP considera "una barbaridad" la extensión de funciones de los
vigilantes de seguridad y han arremetido contra esta norma alegando que
es un intento más del Gobierno de solucionar con seguridad privada las
miles de bajas que se dan en las Fuerzas de Seguridad del Estado y que
no se cubren.
La asociacion de Guardias Civiles manifiesta
ademas que “estamos asistiendo a la privatización de la seguridad
pública, dando carácter de autoridad a personas que no la tienen,
"creando policías baratos”.
Segun dice la AUCG, "un vigilante
de seguridad no está formado, para ser agente de la autoridad, porque
no tiene la misma formación”.
En cambio,la Confederación Española de Policía (CEP) ve "acertada" esta modificación de la Ley de Seguridad Privada
Según su secretario de comunicación,Antonio Labrado, los vigilantes
"sólo pueden detener en el ámbito de su protección", así que negó que
con la ley exista un traspaso de las competencias policiales.
PRINCIPALES NOVEDADES DE LA NUEVA LEY
Vigilancia en establecimientos
Los vigilantes privados podrán llevar a cabo, tanto en locales públicos
como privados, las comprobaciones, registros y prevenciones necesarias
para el cumplimiento de su misión.
Posibilidad de hacer controles
Tanto de identidad, como de objetos personales, paquetería, mercancías o
vehículos, en el acceso o en el interior de inmuebles o propiedades
donde presten servicio, sin que en ningún caso puedan retener la
documentación personal, pero sí impedir el acceso a la zona vigilada.
Subordinación a los FCSE
En relación con «el objeto de su protección o de su actuación», los
vigilantes podrán detener y poner inmediatamente a disposición de los
miembros de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado competentes
para arrestar a los delincuentes. Se les permite también la persecución
en espacios públicos de delincuentes que hayan sorprendido en flagrante
delito.
Vigilancia exterior de las cárceles
El
personal de seguridad privada podrá realizar la vigilancia perimetral de
los centros penitenciarios y centros de estancia controlada de
extranjeros, así como de otros edificios o instalaciones de organismos
públicos.
Mayor regulación sobre los detectives
El
cliente debe acreditar la existencia de un interés legítimo como
requisito previo para que la empresa de seguridad privada acepte el
servicio. Por su parte, el despacho de detectives tendrá obligación de
elaborar un informe de investigación al que tendrá acceso el cliente y
la autoridad judicial o policial si existe investigación en curso.
Mayor protección jurídica al personal
Las agresiones que sufran cuando actúan debidamente identificados,
durante el ejercicio de sus funciones, y en coordinación o bajo mando de
las Fuerzas de Seguridad, tendrán la misma calificación penal que si se
hubieran cometido contra agentes de la autoridad.