2 feb 2010

- Informe AEPD: la videovigilancia tras la ley omnibus

La Agencia Española de Protección de Datos ha publicado el informe 0650-2009 que responde a la consulta sobre la implicación de la Ley “Ómnibus”, en la legitimación del tratamiento de imágenes mediante sistemas de videovigilancia.
RESUMEN:
La consulta plantea, si la entrada en vigor de la Ley 25/2009, de 27 de diciembre, de modificación de diversas leyes para su adaptación a la Ley sobre el libre acceso a las actividades de servicios, modifica el criterio hasta ahora mantenido por la Agencia Española de Protección de Datos, en relación con el tratamiento de las imágenes a través de sistemas de videovigilancia por razones de seguridad.
… o se obtiene el consentimiento de cada uno de los que transiten por los lugares en lo que se encuentren instaladas las cámaras o se cumplen los requisitos que la legislación en la materia establecen para que el tratamiento sea legítimo.
Dado que resulta prácticamente imposible obtener el consentimiento, entendemos que para que sea legítimo el tratamiento éste deberá habilitarse en una Ley.