Esto hace que la nueva reforma laboral de la ministra de Empleo,
Fátima Bañez, facilite los despidos de 20 días mediante el ERE exprés.
- Se generaliza la indemnización de 33 días. El despido
procedente será indemnizado con 33 días por año trabajado, con un máximo
de 24 mensualidades. Se respetarán los derechos adquiridos: a los
contratos preexistentes se les aplicará la indemnización de 45 años
hasta la entrada en vigor de la norma, es decir, hasta ayer. A partir de
entonces el cómputo se realiza con arreglo a la nueva norma.
- Veinte días si el despido es por causas económicas. Bastará una
caída de ventas durante tres trimestres para que una empresa utilice el
despido procedente, tanto individual como a través de expedientes de
regulación de empleo (ERE), que ya no necesitarán autorización previa.
- Contrato indefinido para apoyar a pequeños empresarios. Se crea
una nueva modalidad de contrato para pymes y autónomos con empresas de
menos de 50 trabajadores. El periodo de prueba de estos contratos será
de un año. El empresario tendrá una deducción fiscal de 3.000 euros
cuando contrate a su primer trabajador, siempre que este sea menor de 30
años. Los empresarios que contraten a un trabajador que estaba en paro
podrán deducirse el 50% de la prestación que este estuviera cobrando.
Por su parte, el empleado podrá recibir, junto a su sueldo el 25% de esa
prestación.
- Límite al encadenamiento de contratos temporales. A partir del
31 de diciembre de 2012 (y no del 30 de junio de 2013 como establecía la
ley actual) se recupera la prohibición de encadenar contratos
temporales durante más de dos años o 24 meses.
- Impulso a los contratos a tiempo parcial. El impulso a esta
modalidad de contratos se hace para intentar que los trabajadores puedan
“compatibilizar mejor el empleo con los estudios y con su vida familiar
y persona”, según señala el Real Decreto Ley, aprobado el pasado
viernes. En realidad son contratos para bajos salarios y para atender
picos de actividad en empresas de baja cualificación.
- Las ETT se encargarán de la colocación. La normativa permite que
las Empresas de Trabajo Temporal actúen como agencias privadas de
colocación para facilitar que los desempleados encuentren trabajo.
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