18 jun 2014

El TC estima parcialmente el recurso del Gobierno contra la Ley de Seguridad Pública de Euskadi


Considera que en algunos aspectos "invade" la competencia estatal de seguridad pública

El Pleno del Tribunal Constitucional ha estimado parcialmente el recurso presentado por el Gobierno contra varios preceptos de la Ley del País Vasco 15/2012, de 28 de junio, de ordenación del sistema de seguridad pública de Euskadi, al considerar que en algunos aspectos invade la competencia estatal de seguridad pública.

Según ha informado el alto Tribunal, la sentencia, de la que ha sido ponente el Magistrado Pedro González-Trevijano, establece cuál debe ser la interpretación del artículo 8.3.b para que sea conforme a la Constitución y declara "inconstitucionales y nulos" dos incisos de los artículos 49.1 y 55 así como el artículo 50 de la citada norma. Los demás aspectos del recurso son desestimados.

El pleno "hace un análisis ponderado de las competencias en liza para llegar a un punto intermedio entre el criterio de máximos" defendido por la Comunidad Autónoma y "el criterio restrictivo" de las primeras sentencias del Tribunal referidas a esta materia, que limitaban el alcance de las competencias autonómicas a funciones de organización de la policía y mantenimiento del orden público.